SERVICIOS

HONESTIDAD

COMPROMISO

CONFIANZA

ESPECIALIZACIÓN

CERCANÍA

RESPONSABILIDAD

Servicios

Ofrecemos servicios de defensa jurídica y asesoramiento legal a personas, empresas y Administraciones Públicas, garantizando la técnica jurídica y los conocimientos necesarios para la correcta marcha del asunto.

DERECHO CIVIL Y PENAL

Realizamos con éxito asuntos relacionados con derecho bancario (cláusula suelo, gastos a cargo del prestatario, tarjeta de crédito revolving, etc.), seguros (accidentes de tráfico, siniestros de robo, de daños, de incendio,), familia (divorcios, guarda y custodia, pensión de alimentos, menores) daños, colindantes, herencias, negligencias, reclamaciones de cantidad, ejecuciones hipotecarias, dinerarias, de Comunidades de Propietarios (propiedad horizontal), monitorios, arrendamientos, impagos, segunda oportunidad, contratos, compraventas de todo tipo de bienes, y mucho más…

En materia penal, defendemos o acusamos en juicios de toda clase en los que se investigan delitos como organización criminal, contra la salud pública, trata de seres humanos, tenencia de armas, lesiones, estafa, atentado contra la autoridad, administración desleal, robo en todas sus formas, apropiación indebida, usurpación, allanamiento de morada, violencia doméstica y de género, seguridad vial, entre muchos otros. También asesoramos en materia de derecho penitenciario.

DERECHO ADMINISTRATIVO Y OTRAS MATERIAS

Asesoramos y defendemos a los ciudadanos y a las Administraciones Públicas, según el caso, en materias relacionadas con el urbanismo, la responsabilidad patrimonial, con expedientes sancionadores, empleo público, contratación pública, concesiones, subvenciones, sanidad, educación, expropiación forzosa, entre otras áreas. También asesoramos en materia de protección de datos personales.

En materia social estamos especializados en reclamar el complemento de maternidad/paternidad en la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, para aquellos padres con dos o más hijos que se hayan jubilado o sean beneficiarios de alguna de las citadas prestaciones, entre el 1 de enero de 2016 y 4 de febrero de 2021, así como los que se hayan jubilado con posterioridad y reúnan los requisitos legales y jurisprudenciales.